Lo resolvió un juez en lo contenciosos administrativo ante la presentación de un amparo. Dijo que la medida es “una exigencia más gravosa para ese colectivo de personas, que para el resto de la población”
La decisión la tomó el juez en lo contencioso administrativo Lisandro Fastman ante la presentación de un amparo. El juez resolvió que las personas pueden llamar a la línea 147 para pedir ayuda y asesoramiento pero no tienen la obligación de solicitar la autorización para salir de sus casas.
“La imposición a todo adulto mayor de 70 años de edad, de la necesidad de comunicarse con el servicio de atención ciudadana al número 147, previamente a hacer uso de la posibilidad de realizar desplazamientos mínimos e indispensables para aprovisionarse de artículos de limpieza, medicamentos y alimentos, tal como lo prevé el DNU 297/2020, resulta una exigencia más gravosa para ese colectivo de personas, que para el resto de la población, que extralimita los contornos de las medidas de aislamiento del conjunto de los habitantes”, sostuvo el magistrado en su resolución dictada el lunes por la noche.