Pasados los 160 días de cuarentena, el Gobierno oficializó hoy la extensión del aislamiento social, preventivo y obligatorio hasta el 20 de septiembre, a raíz del avance del coronavirus en la Argentina. La decisión fue publicada hoy en el Boletín Oficial y señala dos habilitaciones más: las reuniones sociales y el acompañamiento de pacientes internados.
A través del decreto 714/2020, el presidente Alberto Fernández y sus ministros vuelven a marcar las diferencias entre distanciamiento y aislamiento, ya con ciertas flexibilizaciones en muchas partes del país.
Sin embargo, la novedad esta vez pasa por lo que también anunció el mandatario en un video grabado, que se dio a conocer el viernes pasado, donde autoriza las juntadas al aire libre en todo el territorio argentino.
«Se autorizan las reuniones sociales de hasta de 10 personas en espacios públicos o de acceso público al aire libre, siempre que las personas mantengan entre ellas una distancia mínima de dos metros, utilicen tapabocas y se dé estricto cumplimiento a los protocolos de actividades y a las recomendaciones e instrucciones de las autoridades sanitarias provinciales, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y nacional. No podrá utilizarse el servicio público de pasajeros de colectivos, trenes o subtes», explica el artículo 26.
Además, aclaran que «los gobernadores y el Jefe de Gobierno porteño dictarán las correspondientes normas reglamentarias y, en atención a las condiciones epidemiológicas y a la evaluación de riesgo en la jurisdicción a su cargo, podrán incluso determinar uno o algunos días para ejercer este derecho, limitar su duración, determinar los lugares habilitados para ello y, eventualmente, suspenderlo con el fin de proteger la salud pública».
Por otra parte, también se habilita el acompañamiento de pacientes internados, que tomó notoriedad en los últimos días a raíz de los casos de Solange Musse en Córdoba, y Martín Garay en San Luis, donde se les impidió a sus familias tener contacto por el estricto protocolo de la pandemia.
«Deberá autorizarse el acompañamiento durante la internación, en sus últimos días de vida, de los pacientes con diagnóstico confirmado de Covid-19 o de cualquier enfermedad o padecimiento», señala el documento.
Y agrega: «En tales casos las normas provinciales y de la ciudad de Buenos Aires deberán prever la aplicación de un estricto protocolo de acompañamiento de pacientes que resguarde la salud del o de la acompañante, que cumpla con las recomendaciones e instrucciones del Ministerio de Salud de la Nación y de la autoridad sanitaria provincial».
Asimismo, también sostienen que «en todos los casos deberá requerirse el consentimiento previo, libre e informado por parte del acompañante».
Por último, el decreto informa que los gobernadores «dictarán las correspondientes reglamentaciones» para llevar a cabo esta nueva habilitación.