Según publicó el diario La Nación, el máximo tribunal estableció un plan con plazos, que incluye una exhortación al Congreso y una advertencia a los actuales consejeros.
¿Qué resolvió la Corte Suprema?
La Corte declaró inconstitucional la reforma del Consejo de la Magistratura que estableció una integración de 13 miembros. Consideró que no respeta el “equilibrio” entre los estamentos porque los representantes de la política (Congreso y Poder Ejecutivo) tienen supremacía sobre los jueces y abogados. Exhortó entonces al Congreso a dictar, “en un plazo razonable”, una nueva ley que no viole la Constitución.
¿Qué pasará mientras tanto?
La Corte prevé expresamente los pasos a seguir. Dice que “hasta tanto” el Congreso dicte una nueva ley, dado que la que rige hoy es inconstitucional, hay que volver a la anterior, que preveía un Consejo de 20 miembros, con el presidente de la Corte como presidente del Consejo. En este punto, Ricardo Lorenzetti planteó una disidencia: dijo que una ley derogada (como es la que prevenía los 20 miembros) “no puede ser restituida en su vigencia” y que eso “es lo que se enseña en los primeros cursos de las facultades de Derecho”. Para él, correspondía darle un año al Congreso para que dictara una nueva ley y si no lo hacía, que la Corte decidiera entonces cómo seguir.
¿Cómo será el tránsito hacia el Consejo de 20?
Volver al Consejo de 20 exige elegir a dos abogados, dos legisladores, un académico y un juez más. Es un proceso que normalmente demora meses (sobre todo, por la organización que requieren las elecciones de abogados y jueces). Por eso, la Corte le dio al Consejo un plazo máximo de 120 días corridos -hasta abril- para tener en funciones esa nueva conformación.
¿Qué pasa si en 120 días el Consejo no volvió a la conformación de 20?
Todo lo que decida será nulo. La Corte solo admitió que el Consejo siga funcionando con la composición actual durante esos 120 días.
¿Cuándo asumirá el presidente de la Corte la presidencia del Consejo?
Si bien la composición de 20 miembros preveía que el presidente de la Corte presidiera el Consejo y, a diferencia de los otros nuevos miembros, Horacio Rosatti podría asumir de inmediato, la Corte dispuso que todos los nuevos consejeros “iniciarán su mandato de manera conjunta y simultánea” y durarán en el cargo hasta fin del año próximo, cuando se completa el mandato de los consejeros que hoy están en ejercicio.
¿Qué pasa si el Congreso no aprueba una nueva ley?
El Consejo conservará su composición de 20 miembros hasta que el Congreso dicte una nueva ley, lo que podría no ocurrir nunca o suceder de inmediato y que no se requiera siquiera volver al Consejo de 20 (algo muy improbable considerando la situación política y las dificultades de los legisladores para consensuar leyes de semejante relevancia vinculadas con la Justicia).
¿A quién favorece y a quién perjudica este fallo en términos políticos?
Perjudica al oficialismo. No solo por lo simbólico (declara inconstitucional una reforma que impulsó Cristina Kirchner), sino porque pone al presidente de la Corte como presidente del Consejo en momentos en que la relación Corte-Gobierno atraviesa un muy mal momento. Pero además, la composición de 13 miembros, hoy declarada inconstitucional, favorece al oficialismo de turno porque le da un poder de veto sobre las decisiones principales del Consejo: la selección y la suspensión de jueces. Ningún candidato a juez puede ser incluido en una terna y ningún juez puede ser enviado a juicio político sin el voto de al menos un oficialista. Además, le facilita al gobierno el armado de mayorías para las decisiones que no requieren dos tercios (como las de administración del Poder Judicial). No solo el kirchnerismo, también el macrismo se vio favorecido cuando era gobierno. Por eso, Macri nunca retiró el recurso contra el fallo de la Cámara que hoy fue confirmado por la Corte. De haberlo hecho, se hubiera vuelto mucho antes al Consejo de 20.